ciudadania para esposas de militares
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Kathia Quiros

Ciudadanía para Esposas de Militares: Guía Completa

Obtener la ciudadanía estadounidense puede ser un proceso complejo y a veces rebuscado, con formularios y trámites de por medio, que pueden presentar confusión o incluso duda. Además, hay varias formas en las que la ciudadanía puede solicitarse, es por eso que en esta guía completa proporcionaremos toda la información necesaria sobre la ciudadanía para esposas de militares.

En esta guía de Inmigrando con Kathia, explicaremos cómo las esposas militares pueden acceder a un camino más ágil y simplificado hacia la ciudadanía. Desde los requisitos específicos hasta los formularios y procedimientos, esta guía explicará el proceso detalladamente para ayudar a las familias militares a navegar por este importante proceso legal en Estados Unidos.

Tabla de Contenidos

    ¿En qué consiste la ciudadanía para familiares militares?

    La ciudadanía para familiares militares en Estados Unidos ofrece un camino acelerado y eficiente para aquellas personas que tienen un familiar que es miembro del servicio militar estadounidense. Este beneficio está contemplado en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y le permite a los cónyuges e hijos solicitar la ciudadanía a través de un proceso simplificado. 

    Para poder acceder a este beneficio, los solicitantes deberán cumplir con ciertos requisitos estipulados por el gobierno de Estados Unidos, y demostrar que mantienen buena conducta moral. El objetivo principal de realizar este proceso es mantener a la familia unida y estable mientras el ser querido sirve a la nación, lo que resulta ser una gran ventaja para las familias militares que a menudo se enfrentan a despliegues y traslados frecuentes. 

    Además, las esposas de militares estadounidenses tienen varias rutas hacia la ciudadanía que pueden facilitar su proceso de naturalización. Una opción es la naturalización por matrimonio, mediante la cual se les permite solicitar la ciudadanía después de tres años de residencia continua en Estados Unidos, u mediante otro proceso especial conocido como naturalización bajo la Sección 319(b) del INA, para esposas de militares, que están desplegados en el extranjero.

    ciudadania para esposas de militares
    La ciudadania para esposas de militares es una vía legal por la cual las familias de personas en servicio se pueden mantener unidas.

    Entendiendo el proceso de ciudadanía para esposas militares

    ¿Cómo solicitar la ciudadanía para cónyuges de militares?

    Solicitar la ciudadanía para cónyuges de militares implica un proceso especializado que ofrece ciertas ventajas y condiciones especiales. En primer lugar, el cónyuge debe cumplir con los requisitos básicos de elegibilidad, y, en algunos casos, haber residido en los Estados Unidos por un período determinado. 

    Sin embargo, los cónyuges de militares pueden beneficiarse de disposiciones especiales que permiten la naturalización sin cumplir con el requisito de residencia continua si el militar está destinado en el extranjero. Además, pueden presentar su solicitud desde fuera de los Estados Unidos. De una forma u otra, resulta fundamental presentar toda la documentación requerida, incluyendo la prueba de servicio militar activo del cónyuge y cualquier otro documento que demuestre la relación matrimonial.

    Ajuste de estatus para cónyuges militares

    Generalmente, los cónyuges de miembros del servicio militar requieren contar con el estatus de residente permanente legal para solicitar la naturalización. La solicitud de naturalización será presentada mediante el Formulario I-485 correspondiente a la Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. A su vez, el familiar militar deberá presentar el Formulario I-130 de Petición de Familiar Extranjero.

    Durante este proceso, el solicitante debe recordar realizar el pago de las tarifas correspondientes a la presentación de cada formulario, y la correspondiente a la toma de datos biométricos.

    Naturalización expedita

    Bajo la Sección 319 (b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que se encuentren (o encontrarán) destacados fuera de Estados Unidos podrán solicitar la naturalización siempre y cuando sean considerados elegibles.

    Los requisitos de ciudadanía para esposas militares bajo la Sección 319 (b) son los siguientes:

    • Tener 18 años de edad.
    • Tener la capacidad de demostrar que se es cónyuge de un ciudadano estadounidense que está, o estará, destacado en el extranjero como miembro de las Fuerzas Armadas.
    • Es considerada capaz de acompañar a su cónyuge en el extranjero.
    • Encontrarse presente en Estados Unidos en calidad de residente permanente legal al momento de tener que presentarse a la entrevista de naturalización.
    • Encontrarse presente en Estados Unidos al momento de que la naturalización se lleve a cabo.
    • No tener intenciones de residir en el extranjero luego de haberse naturalizado, y/o después de finalizado el servicio de su cónyuge en el extranjero.
    • Saber leer, escribir, y hablar inglés básico.
    • Poseer conocimiento básico sobre historia estadounidense, y tener conocimiento básico del gobierno del país.
    • Ser una persona de buen carácter moral, que se adhiere a los principios de la Constitución de Estados Unidos.
    ciudadania para esposas de militares
    A través de la ciudadania para esposas de militares, matrimonios pueden proyectar por un futuro estable y duradero en Estados Unidos.

    Procesamiento expedito

    La ciudadanía para esposas militares se puede realizar de forma expedita si sus cónyuges poseen una orden de Cambio de Estación Permanente (PCS) de servicio activo. Para poder solicitarla, una persona deberá llamar al 877-CIS-4MIL (877-247-4645), o Línea de Ayuda a Militares, para notificar su cambio de domicilio por órdenes militares. 

    Una vez realizado este proceso, se solicitará el procesamiento expedito de su caso. Sin embargo, debe tener en cuenta que este proceso es una evaluación caso por caso, y que no se otorga automáticamente a los cónyuges 319(b). La mayoría de las tramitaciones de naturalización de familiares militares se hará por el proceso normal.

    Naturalización en el extranjero

    Bajo la Sección 319(e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, y la sección 1443 a de U.S.C, un residente permanente legal que se encuentre casado con un ciudadano estadounidense miembro del servicio militar, podrá solicitar la naturalización fuera de Estados Unidos. Sin embargo, para poder naturalizarse en el extranjero, es necesario que el solicitante cumpla con los siguientes requisitos:

    • Ser cónyuge de una persona que sirve en el servicio militar estadounidense fuera de Estados Unidos.
    • Contar con una orden oficial que lo autorice a acompañar a su cónyuge fuera de Estados Unidos.
    • Encontrarse residiendo fuera del país americano bajo una unión matrimonial con su cónyuge.
    • Cumplimentar con todos los requisitos de las secciones 316(a) o 319(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad al momento de presentar la solicitud.

    La Sección 316(a) se aplica si:

    • Usted ha sido residente legal permanente por un período contenido en los 5 años inmediatamente anteriores a presentar su solicitud de naturalización.
    • Usted ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos 2 años y medio.

    La Sección 319(a) se aplica si:

    • Usted ha residido en Estados Unidos por tres años consecutivos como residente permanente legal inmediatamente antes de la fecha de presentación de su solicitud.
    • Usted ha formado parte y ha vivido en una unión matrimonial con su cónyuge estadounidense por un período no menor a tres años antes de presentar su solicitud.
    • Su cónyuge ha sido ciudadano estadounidense por un período mínimo de tres años antes de presentar la solicitud.
    • Usted ha estado físicamente presente en Estados Unidos por un período total de 18 meses en los 3 años anteriores a la fecha de presentación de su solicitud.

    Otras vías hacia la ciudadanía para esposas militares

    Además de los métodos de solicitud tradicionales para obtener la ciudadanía para esposas de militares, existen otros que están relacionados y aplican en circunstancias especiales. Es importante conocer todas las vías legales que Estados Unidos ofrece para las familias militares para poder determinar cuál es la opción que se adecua a sus necesidades específicas.

    ciudadania para esposas de militares
    La ciudadania para esposas de militares se puede obtener si el ciudadano estadounidense ha fallecido luego de una herida o enfermedad causada por su servicio.

    Familiares sobrevivientes de militares ciudadanos estadounidenses

    Las personas que sean familiares inmediatos de un miembro de las Fuerzas Armadas que murió como resultado de una enfermedad o herida causada o agravada en servicio podría llegar a ser elegible para ciertos beneficios de inmigración y la naturalización en Estados Unidos mediante el Ajuste de Estatus.

    Si usted es cónyuge, hijo, o padre de un ciudadano estadounidense que murió en servicio, deberá presentar una solicitud mediante el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial, dentro del plazo de 2 años a partir de la muerte del militar. Para más información sobre este proceso en particular, le recomendamos acudir a la página oficial del Servicio de Ciudadanía e Inmigración sobre Beneficios para Familiares Sobrevivientes de Militares Ciudadanos Estadounidenses.

    Visa K-1

    Una visa que le permite a los prometidos de ciudadanos estadounidenses ingresar al país, es la Visa K-1. La Visa K-1 es una visa no inmigrante que le permite a una persona ingresar al país con el propósito de casarse. Una vez aprobada, esta visa le permite al prometido/a viajar a Estados Unidos, donde la pareja tiene un plazo de 90 días para contraer matrimonio. 

    Una vez que el matrimonio es efectivo, el nuevo cónyuge puede solicitar el ajuste de estatus para obtener la residencia permanente en Estados Unidos. Este es un recurso fundamental para muchas parejas conformadas por un ciudadano estadounidense en servicio militar y una persona extranjera.

    Es importante destacar que el proceso de solicitud de la visa K-1 incluye varios requisitos, como demostrar una relación legítima y haber tenido al menos una reunión en persona en los últimos dos años, salvo excepciones por circunstancias extremas, entre otros requisitos.

    Palabras finales 

    A modo de conclusión, podemos decir que obtener la ciudadanía estadounidense para esposas de militares es un proceso que ofrece caminos más rápidos y simplificados que los procesos tradicionales de naturalización. Esta ventaja es crucial para las familias militares, que a menudo enfrentan desafíos únicos como despliegues y traslados frecuentes. 

    En Inmigrando con Kathia, estamos convencidos de que con la información indicada, y entendiendo los procesos de naturalización Estados Unidos, es posible completar el proceso de manera exitosa. Sin embargo, es importante recordarle que nuestro equipo de abogados expertos en inmigración está listo para responder a todas sus preguntas y revisar sus documentos de solicitud de naturalización. No dude en ponerse en contacto con nosotros hoy mismo.


    En Inmigrando con Kathia nos dedicamos a informar a nuestra comunidad migrante sobre sus derechos y opciones legales en Estados Unidos a través de guías detalladas y noticias sobre la ley de inmigración. Síguenos en @inmigrandoconkathia o ingresa a nuestro sitio web para enterarte de más.

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